El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) recuerda a la ciudadanía que la habilitación del Puente Héroes del Chaco será solo para vehículos livianos y quienes incumplan, recibirán la sanción correspondiente.
En ese contexto, la multa de acuerdo a la “Ley N° 5016 – Nacional de Tránsito y Seguridad Vial”, en su artículo 58 “Requisitos para circular”, establece que el vehículo y su carga, si transita por una vía no determinada, le será aplicada una multa de 10 jornales mínimos, es decir G. 1.030.091.
Recordemos que, si bien la estructura del emblemático puente fue diseñada para soportar todo tipo de rodados, incluso los de gran porte, en varias calles de Asunción rigen prohibiciones para el tránsito de vehículos pesados. Justamente la Avda. Costanera Norte y su conexión con la Avda. Primer Presidente rigen restricciones considerando su entorno vial y el área urbana en que están comprendidos.
De acuerdo a la Resolución MOPC N° 161/2024 con fecha 15 de febrero del corriente, firmado por la ministra del MOPC, Ing. Claudia Centurión, se establece la circulación exclusiva de vehículos de porte liviano en el puente Héroes del Chaco. La patrulla caminera insta a los usuarios a respetar y evitar la aplicación de multas.
El tramo afectado por la nueva disposición, comprende un segmento de la ruta departamental D075 entre el km 0, que se inicia justamente en la cabecera del puente, hasta alcanzar la rotonda Irene, ubicada en el km 5,8 del camino a Puerto Falcón, en Chaco’i.
De esta manera, quedan habilitados para el cruce los vehículos de pequeño porte, incluyendo motocicletas, motocarros, vehículos con más de 3 ruedas y los que formen parte de la categoría M1 que son; vehículos de pasajeros que no excedan los 8 asientos, además del conductor, los pertenecientes a la categoría O1 que comprende camiones de carga pequeños y la categoría O2, es decir, camiones pequeños con acoplado; todos los citados anteriormente con un límite de carga de hasta 3500 kg.